Imagen de la Semana

Sobre tasas catalanas en el correo aragonés.1816

Escrito por Alejandro Abadía París.

“Estos sobre portes, que no aparecían consignados en las tarifas, y que en su mayor parte datan de la época en que se estableció el segundo correo semanal (finales del XVIII), no eran por cierto insignificantes; en muchos pueblos importaban un cuarto, y en otros varios dos. Tómese en cuenta este importante dato y se verán alterados en gran parte los cálculos (portes) que se giran sobre las cartas sencillas de 5 y 6 cuartos que circulaban entre las Cajas de un mismo Sello. Lo cierto es que en el Principado de Cataluña, que algún periódico ha citado en esta cuestión, no pagando más que seis cuartos por las cartas sencillas de dentro de su territorio con arreglo a tarifa (la de 1815) pagaba realmente más en la mayor parte de sus pueblos por razón del sobre porte que sufrían. Los sobre portes que se pagaban en Cataluña eran de un cuarto, un cuarto y medio, dos cuartos y hasta dos cuartos y medio. Todos los pueblos comprendidos en las cincuenta y tres carterías de la demarcación de Lérida, y todos los que corresponden a las sesenta y ocho de la de Barcelona se hallaban sujetos a estos sobre portes…”.

La carta que presentamos como “Imagen de la Semana” va fechada en Zaragoza el 12/03/1816, portando la marca coronada aragonesa (utilizada exclusivamente en 1816), dirigida a Valls (Tarragona). La tarifa de 1 de noviembre de 1815 contemplaba siete cuartos entre el Reino de Aragón y el Principado de Cataluña, siendo intervenida en la Administración Principal de Lérida, punto de enlace del Pirineo hacia Francia, Tarragona y la línea de Valencia, siendo porteada con “9 cuartos y medio (2)”, observando la sobretasa máxima de hasta 2,50 cuartos, que se destinaban: un cuarto al ramo de caminos y el resto a otras necesidades como la reconstrucción de las postas asoladas por el ejército francés. Es la carta con mayor tasa de las encontradas en la demarcación y a las que expresamente alude D. Pascual de Quinto, cuando anula estas prácticas por considerarlas abusivas.

(Alejandro Abadía)

 

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